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Las Cortes estamentales fueron unas instituciones parlamentarias del Antiguo Régimen en España y Portugal que representaban únicamente a los estamentos con poder y privilegios, en oposición a las Cortes liberales o constitucionales que fueron representadas por primera vez por las Cortes de Cádiz en 1810. Fueron más concretamente cortes estamentales las Cortes de Castilla, las Cortes de Aragón, las Cortes Catalanas, las Cortes Valencianas las Cortes de Navarra y las Cortes Portuguesas. Instituciones análogas fueron los Estados Generales en Francia y el Parlamento inglés. Los estamentos representados en las Cortes fueron la nobleza, el clero y el tercer estado, este último a través de los llamados procuradores, que eran elegidos por los regidores de cada concejo local, pero resultando al final ser miembros de las eĺites locales. Por tanto, las Cortes estamentales tuvieron un carácter totalmente antidemocrático, sin ninguna representación directa del pueblo llano. Las últimas cortes estamentales tradicionales se convocaron por parte de Fernando VII durante la Década Ominosa (1823-1833). El Estatuto Real de 1834 estableció una nuevas Cortes, de carácter aún también estamental y en forma de carta otorgada (promulgada por la monarquía y sin dar soberanía al pueblo), hasta que la Constitución de 1837 estableció de nuevo una cortes de carácter democrático y liberal.
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