Los bienes inmuebles (etimológicamente, aquellos bienes que no se pueden mover o trasladar) son los que están conformados, según establece el Código Civil español, por suelo y subsuelo,…

Los bienes comunales son aquellos que pertenecen a una comunidad política natural o reconocida jurídicamente y cuyos derechos de propiedad y aprovechamiento corresponden por tanto colectivamente a cada uno de los miembros de dicha comunidad, sin que cada de ellos se pueda apropiar o utilizar exclusivamente de esos bienes. Generalmente los bienes comunales corresponden a pastos, bosques, minas, ríos y manantiales de agua y edificios públicos.
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